AYUDAS AL ALQUILER 2023-2024 COMUNIDAD VALENCIANA
24 octubre, 2023
Se obliga a las plataformas a identificar a los arrendadores mediante un número de identificación
Si tiene una vivienda turística deberá obtener un número de identificación que será imprescindible para operar en las plataformas de alquiler vacacional a partir del próximo 1 de julio. En este registro tienen que inscribirse no sólo las viviendas turísticas sino que también deben cumplir con este trámite las de cualquier modalidad de alquiler distinta del de vivienda habitual. Un trámite que hay que cumplir aunque ya se esté inscrito en el Registro de Turismo de la Comunidad Valenciana.
Además, las plataformas están obligadas a que en sus aplicaciones los arrendadores identifiquen mediante este número sus viviendas, a garantizar que las personas arrendadoras puedan incluirlo en los anuncios y que éste sea visible en los anuncios. Cabe recordar que el decreto entró en vigor el pasado 2 de enero y contempla un plazo de adaptación que finaliza el 1 de julio.
Esta norma señala que el procedimiento para solicitar el número de registro se realizará a través de la sede electrónica del Colegio de Registradores o en el Registro de la Propiedad o Bienes Muebles competente. También habrá que dejar constancia de si la vivienda está sujeta a algún régimen de autorización o inscripción previa administrativa, tales como una licencia o el documento que lo acredite . Asimismo, habrá que detallar la identificación de la categoría y los tipos de arrendamiento.
Una vez presentada la documentación, el Registro de la Propiedad o de Bienes Muebles procederá a la asignación automática e inmediata de un número de registro. Una vez comprobado que se cumple con los requisitos, se hará constar el número de registro y se comunicará al interesado. Si existiesen defectos en la documentación aportada y la persona interesada no los subsanase dentro de los siete días hábiles siguientes, se suspenderá la validez del número de registro, que la Dirección General de Planificación y Evaluación del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana comunicará a todas las plataformas en línea de alquiler de corta duración para que eliminen o inhabiliten el acceso sin demora. Una vez que se disponga de este número, habrá que añadirlo en las diferentes plataformas de alquiler 'on line' donde se anuncie el alojamiento en cuestión.
¿Qué documentos hay que presentar?
La documentación necesaria para obtener el número de registro de pisos turísticos es la licencia de uso turístico, el CRU (Código Registro Único) y el certificado digital del interesado. Asimismo hay que indicar si la intención es alquilar la vivienda completa o por habitaciones, el número máximo de personas que podrán hacer uso de esta y mostrar que cumples todos los requisitos específicos de la comunidad autónoma en la que está ubicado el inmueble.
Es importante tener claro que la norma es de obligado cumplimiento. Si no se registra el inmueble no podrá anunciarse en las plataformas digitales (OTAs), lo que conllevará sanciones económicas, así como la posible suspensión de la propiedad como alquiler turístico.